CNT_CP_Desgravamen_conyugal
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ActionsSeguro de Desgravamen conyugal.
El Seguro de Desgravamen Conyugal protege al cliente y a su cónyuge o conviviente dentro de todo el plazo de su préstamo y cubre la deuda que mantienen con una entidad financiera por un préstamo.
Beneficios:
En caso de siniestro la deuda queda pagada, por lo que los deudos no tienen que asumir ninguna responsabilidad con Compartamos Financiera.
Riesgos Cubiertos:
- Muerte Natural: Fin de la vida de los asegurados (titular y/o cónyuge) por cualquier causa, a excepción de lo indicado en el caso de muerte accidental.
- Muerte Accidental: Fin de la vida de los asegurados (titular y/o cónyuge), ocasionada por la acción repentina de un agente externo, en forma súbita, imprevista y ajena a su voluntad.
- Invalidez total y permanente por accidente: Se considera Invalidez Total y Permanente causada por Accidente, el hecho que los asegurados (titular y/o cónyuge) antes de cumplir la edad límite de permanencia, sufra una pérdida o disminución de su fuerza física o intelectual (no se considera factores complementarios utilizados en el Sistema Privado de Pensiones) que le produzca una Invalidez Total y Permanente por Accidente
- Invalidez total y permanente por enfermedad: Se considera Invalidez Total y Permanente causada por enfermedad, el hecho que los asegurados (titular y/o cónyuge) antes de cumplir la edad límite de permanencia, sufra una pérdida o disminución de su fuerza física o intelectual (no se considera factores complementarios utilizados en el Sistema Privado de Pensiones) que le produzca una Invalidez Total y Permanente por Enfermedad.
Requisitos y condiciones:
Podrá afiliarse cualquier persona natural que desembolse un crédito individual con participación de su cónyuge y ambas personas se encuentren dentro de las edades límites de acuerdo con el siguiente cuadro:
Préstamo | Edad Límite de ingreso | Edad Límite de permanencia |
---|---|---|
Hasta S/ 120,000 | 74 años y 364 días | 79 años y 364 días |
De S/ 120,001 a S/ 300,000 | 69 años y 364 días | 79 años y 364 días |
Importante: Para préstamos mayores a S/ 75,000 o $25,000 el cliente y su cónyuge deberán llenar y firmar una Declaración Personal de Salud (DPS).
Coberturas y vigencias
La cobertura del seguro inicia al igual que la del crédito y la vigencia del seguro es la misma que la del crédito.
Tasas y tarifas o costos
De acuerdo con el monto desembolsado, la tasa comercial mensual correspondiente se aplicará al saldo capital del préstamo.
Tarifario Seguro de desgravamen Conyugal:
Rango de desembolso | Tasa comercial mensual |
---|---|
Hasta S/ 5,000 | 0.23% |
De S/ 5,001 hasta S/ 20,000 | 0.20% |
De S/ 20,001 hasta S/ 300,000 | 0.17% |
Prima mínima S/ 1.00 |
La prima mínima de S/ 1.00 será aplicable si el resultado de la tasa comercial mensual y el saldo capital del préstamo es menor o igual a S/ 1.00.
*El Seguro Desgravamen Conyugal es comercializado por Compartamos Financiera en agencias en las que se ofrecen créditos individuales con participación del cónyuge. Sin embargo, el titular tiene la opción de endosar sus pólizas a favor de la financiera hasta por el monto del saldo adeudado. En cuyo caso la Financiera evaluará la póliza endosada y emitirá una respuesta en máximo 20 días calendarios después de presentado el documento.
Revisa aquí los contratos de nuestro Seguro Desgravamen Conyugal para Crédito Individual.
Certificado Seguro Desgravamen Conyugal
Descargar archivo pdfRevisa la documentación de interés sobre nuestro Seguro Desgravamen:
Beneficios, coberturas y exclusionesProcedimientos en caso de siniestro
Procedimientos de atención de consultas y reclamos
Proceso de Endoso
Tarifario de Comisiones, Gastos y Otros
Si tienes dudas, aquí estamos para ayudarte.
Preguntas frecuentes sobre Seguro Desgravamen conyugal.
¿Qué es el Seguro de Desgravamen conyugal?
El Seguro de Desgravamen Conyugal protege al cliente y su cónyuge/conviviente dentro de todo el plazo de su préstamo y cubre la deuda que mantiene el asegurado con una entidad financiera por un préstamo. Siempre y cuando el préstamo tenga participación del cónyuge/conviviente.
¿Es obligatorio?
El Seguro Desgravamen conyugal no es obligatorio. Sin embargo, si el titular no contrata el seguro desgravamen conyugal deberá contratar el seguro desgravamen individual, no obstante, el titular tiene la opción de endosar sus pólizas a favor de la financiera hasta por el monto del saldo adeudado. En cuyo caso la Financiera evaluará la póliza endosada.
¿Cómo se paga el Seguro de Desgravamen?
El monto por pagar por el seguro de desgravamen se encuentra en cada cuota de su cronograma de su crédito.
¿Dónde se presenta la documentación?
Los documentos se presentan en nuestras agencias a nivel nacional y estos serán evaluados por la aseguradora para dictaminar su solicitud.